Ley de Residuos Peligrosos

Gestión de residuos peligrosos

¿Qué son los residuos peligrosos?

En el marco de la Ley 24.051, los residuos peligrosos son aquellos que serán “considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general. En particular serán considerados peligrosos los residuos indicados en el Anexo I o que posean alguna de las características enumeradas en el Anexo II de esta ley. Las disposiciones de la presente serán también de aplicación a aquellos residuos peligrosos que pudieren constituirse en insumos para otros procesos industriales. Quedan excluidos de los alcances de esta ley los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques, los que se regirán por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia”. (Artículo 2, Ley 24.051)

¿Cuáles son las categorías a control? Son aquellas listadas en Anexo I de la Ley 24.051 que incluye:

Las Corrientes de desechos: Y1 a la Y18. A modo de ejemplo:

  • Y1 Desechos clínicos resultantes de la atención médica prestada en hospitales, centros médicos y clínicas para salud humana y animal.
  • Y10 Sustancias y artículos de desecho que contengan o estén contaminados por bifenilos policlorados (PCB), trifenilos policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB).
  • Y18 Residuos resultantes de las operaciones de eliminación de desechos industriales.

Desechos que tengan como constituyente: Y19 a la Y48. A modo de ejemplo:

  • Y23 Compuestos de zinc.
  • Y29 Mercurio, compuestos de mercurio.
  • Y 48 Todos los materiales y/o elementos diversos contaminados con alguno o algunos de los residuos peligrosos identificados en el Anexo I o que presenten alguna o algunas de las características peligrosas enumeradas en el Anexo II de la Ley de Residuos Peligrosos cuyo destino sea o deba ser una Operación de Eliminación según el Anexo III de la citada ley. Se considerarán, en forma no excluyente, materiales diversos y/o elementos diversos contaminados, a los envases, contenedores y/o recipientes en general, tanques, silos, trapos, tierras, filtros, artículos y/o prendas de vestir de uso sanitario y/o industrial y/o de hotelería hospitalaria cuyo destino sea o deba ser una Operación de Eliminación de las previstas en el Anexo III de la Ley 24.051.

Prohibición de Ingreso de los Residuos Peligrosos y Potencialmente Peligrosos

Esta expresamente prohibido la importación, introducción y transporte de los residuos peligrosos provenientes de otros países al territorio nacional y sus espacios aéreo y marítimo. (Artículo 3, Ley 24.051 y Artículo 41 de la Constitución Nacional)

Alcance de la Ley

En Argentina, la gestión de residuos peligrosos está regulada por la Ley 24.051. Sin embargo, el accionar de la autoridad nacional se encuentra limitado debido a que quedan comprendidos únicamente los residuos peligrosos que en su gestión comprenda actividad interjurisdiccional, es decir, que sean generados en una provincia o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y reciban tratamiento en otra jurisdicción. Esta Ley tiene una característica particular ya que se trata de una normativa de adhesión el cual generó un abanico de situaciones que, lejos de promover uniformidad y armonía normativa, ocasiona inseguridad jurídica. Algunas provincias han adherido a la Ley y a su Decreto Reglamentario 831/93, otras han adherido sólo a la Ley y han dictado su propia reglamentación, y algunas simplemente han sancionado normativa propia, sin adhesión alguna. Por esto, resulta sumamente difícil poder contar con estadísticas reales de los residuos peligrosos generados, tratados y eliminados a lo largo del país.

Sujetos obligados a la inscripción del Registro Nacional De Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos

1. Generadores

¿Quiénes son los generadores de residuos peligrosos?

Es “...toda persona física o jurídica que, como resultado de sus actos o de cualquier proceso, operación o actividad, produzca residuos calificados como peligrosos...” (Artículo 14, Ley Nº 24.051). Agrega su su Decreto reglamentario Nº 831/93 que es toda “Persona física o jurídica cuya acción o proceso lo hace pasible de estar sometido a la Ley Nº 24.051, ya sea porque los residuos que genera están comprendidos en la identificación de residuos peligrosos o bien por la cantidad generada”.

Asimismo, se define como Generador Eventual “...toda persona física o jurídica que, como resultado de sus actos o de cualquier proceso, operación o actividad, produjera residuos calificados como peligrosos...en forma eventual, no programada o accidental...” (artículo 14 Decreto reglamentario 831/93)

2. Transportistas

¿Quiénes son los transportistas de residuos peligrosos?

son “...personas físicas o jurídicas responsables del transporte de residuos peligrosos…” (Artículo 23, Ley Nº 24.051).

3. Operadores

¿Quiénes son los operadores de residuos peligrosos?

“es la persona responsable por la operación completa de una instalación o planta para el tratamiento y/o disposición final de residuos peligrosos” (Decreto reglamentario 831/93).

“En particular todas aquellas instalaciones en las que se realicen las operaciones indicadas en el Anexo III, Operaciones de Eliminación” (artículo 33, Ley Nº 24.051).

Tipo de Operadores:

- Operador:

  • Plantas de tratamiento.
  • Plantas de disposición final.

- Operador que realiza actividades de almacenamiento.

- Operador - Exportador de Residuos Peligrosos.

Para ver más sobre la Ley Nacional 24.051/1991 y su Decreto Reglamentario 831/1993

Para ver más sobre Residuos Peligrosos



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